Requisitos para Casarse en Puerto Rico: Guía Legal Completa y Actualizada
Casarse en la Isla del Encanto es un proceso totalmente legal y reconocido en todos los Estados Unidos e internacionalmente. Sin embargo, para que tu unión sea válida ante el Registro Demográfico de Puerto Rico, es indispensable cumplir con una serie de documentos y trámites normativos.
Tanto si vives en la isla como si viajas desde el extranjero para un destination wedding, aquí encontrarás el desglose paso a paso de todo lo que necesitas para tu matrimonio civil o religioso.
1. Identificación y Documentos Personales
Todos los contrayentes deben presentar documentación oficial vigente el día de la tramitación:
Identificación Oficial con Foto: Licencia de conducir vigente, pasaporte pasaporte expedido por el gobierno federal/estatal o tarjeta de identificación militar.
Certificado de Nacimiento Original: Emitido por el estado o país de origen.
Certificado de Divorcio o Defunción (si aplica): Si alguno de los novios estuvo casado previamente, debe presentar la Sentencia Final de Divorcio debidamente firmada y sellada por el tribunal, o el Certificado de Defunción del cónyuge anterior.
2. Requisitos de Salud y Exámenes Médicos
El proceso médico varía dependiendo de si eres residente de Puerto Rico o si visitas la isla desde otra jurisdicción:
Para Residentes de Puerto Rico
Deben realizarse las pruebas de laboratorio de sangre requeridas por el Departamento de Salud de Puerto Rico (VDRL/RPR) en un laboratorio autorizado.
Un médico licenciado en Puerto Rico debe firmar el Certificado Médico para Matrimonio dentro de los 14 días previos a la boda.
Para No Residentes (Turistas de Estados Unidos o del Extranjero)
No requieren realizarse laboratorios en la isla si presentan una certificación médica o afidávit de su lugar de residencia, firmada por un médico o notario público según aplique, que certifique que cumplen con los requisitos de salud de su estado o país.
Alternativamente, un oficiante autorizado puede guiarte para completar la declaración jurada requerida por el Registro Demográfico.
3. Pagos y Sellos de Rentas Internas
El Gobierno de Puerto Rico requiere el pago de aranceles administrativos mediante comprobantes oficiales:
Sello de Rentas Internas: Se debe adquirir un sello de $20.00 (Código del Registro Demográfico) para la emisión de la Licencia de Matrimonio.
Se adquieren en las colecturías del Departamento de Hacienda, en la plataforma digital Colecturía Virtual o mediante la asistencia de tu oficiante de bodas.
4. Edad Legal y Capitulaciones Matrimoniales
Mayoría de edad: Ambos contrayentes deben tener al menos 18 años cumplidos. Si alguno es menor de edad, requiere la autorización de ambos padres o un tutor legal mediante el trámite estipulado por el Código Civil.
Capitulaciones Matrimoniales (Opcional): Si la pareja desea casarse bajo el régimen de separación de bienes, las capitulaciones deben otorgarse ante un Notario Público en Puerto Rico mediante escritura pública antes de la celebración del matrimonio.
5. El Rol del Oficiante Autorizado
Para que el matrimonio quede formalmente inscrito en el Registro Demográfico, la ceremonia debe ser celebrada por una persona legalmente autorizada por las leyes de Puerto Rico:
Celebración: El oficiante (ministro, sacerdote, juez o notario) lleva a cabo la ceremonia civil o religiosa.
Firma del Certificado: Al finalizar la ceremonia, los novios, dos testigos mayores de edad y el oficiante firman la Licencia de Matrimonio.
Entrega de Documentos: El oficiante se encarga de radicar el expediente completo ante el Registro Demográfico dentro de los 10 días siguientes a la boda para expedir el Certificado de Matrimonio Oficial.
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